RGPD – LOPDGDD

El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos o RGPD, deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como a todas las normativas de los países miembros, en el caso de España a la LOPD.

Trabajamos para ayudarte a cumplir el RGPD

  • Delegado de Protección de Datos (DPO o DPD)
  • Asesoramiento en legal y técnico
  • Revisión, elaboración e implantación de estrategias, políticas y medidas
  • Inventario de datos y correlaciones
  • Evaluación de Impacto o Análisis de Riesgos
  • Auditorias legales y de seguridad
  • Derechos del interesado
  • Planes de formación

¿Qué debes saber del nuevo Reglamento?

A continuación indicamos aquellos aspectos más significativos y a tener en cuenta del Nuevo Reglamento:

  • Entrada en vigor a partir del 25 de Mayo del 2018
  • Registro de actividades de tratamiento
  • Requiere controles más exhaustivos, análisis de riesgos y evaluaciones de impacto
  • Responsabilidad proactiva
  • Incluye nuevas medidas de seguridad
  • Amplía los derechos a los ciudadanos
  • Requiere que se informe de manera más clara y amplia sobre los tratamientos de datos
  • Crea la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO/DPD)
  • Obliga a notificar las violaciones de seguridad
  • Aumento de la cuantía de las sanciones, calculadas sobre el volumen de negocio.

¿Qué debes saber de la nueva Ley Orgánica 3/2018 LOPDGDD?

  • Entrada en vigor a partir del 5 de diciembre del 2018.
  • Se autoriza el derecho de acceso, rectificación y supresión de los datos de personas fallecidas a familiares y herederos, personas o instituciones designadas por el fallecido.
  • En relación a los menores de edad se fija en 14 años la edad en la que las personas otorgan su consentimiento.
  • Se permite la captación de imágenes de la vía pública a través de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones cuando resulte imprescindible para esta finalidad.
  • Se recogen los derechos aplicables a Internet, o derechos digitales:
    • Derecho a la neutralidad de Internet.
    • Derecho de acceso universal a internet.
    • Derecho a la seguridad digital.
    • Derecho a la educación digital.
    • Protección de los menores en Internet y protección de datos de los menores en internet.
    • Derecho de rectificación.
    • Derecho a la actualización de informaciones en medio de comunicación digitales.
  • Derechos en el ámbito general:
    • Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales.
    • Derecho a la desconexión digital.
    • Derecho a intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y grabación de sonidos y utilización de sistemas de geolocalización.
    • Derechos digitales en la negociación colectiva.

¿Conoces las obligaciones que establece la ley orgánica 3/2018 (Ley orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales)

Nuestro objetivo es ayudarte a cumplir con los requisitos del RGPD

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